RESOLUCIÓN Nº 251-2011-H.C.D.-
Valor de víaticos correspondientes a comisiones de servicios a las localidades de La Humada, Agua de Torres y/o parajes aledaños. [1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Dictado el18-12-15.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
VISTO:
La Resolución Nº 241/10-PCD mediante la cual se fijaron los montos para las comisiones de servicios; y
CONSIDERANDO:
Que algunas de las comisiones de servicio, realizadas por funcionarios y personal de esta Cámara, incluyen -entre otros destinos- a las localidades de La Humada o Agua de Torre o a parajes tales como Chical-Co, Buta Ranquil, Chos Malala, etc.;
Que el acceso, a tales lugares, se realiza por caminos de tieera cuyo estado no es el adecuado para un tránsito seguro, obligando a los choferes a tomar mayires precauciones con la finalidad de no tener percanses;
Que este hecho provoca, en ellos, un mayor desgaste físico debiendo, en la mayoría de los casos, tomar un descanso reparador previo al regreso;
Que, al hacerlo, se encuentran con pocas posibilidades de hallar un lugar para comer y/o alojarse debido a la casi nula oferta de comercios;
Que, el valor del víatico fijado es insuficiente para atender los requerimientos mencionados y, por tanto, debe establecerse un importe mayor;
Que, en otro orden, por Resolución Nº 116/11-PCD se fijó un viático diferencial para los choferes cuando, en días feriados, trasladan a funcionarios que asisten a actos protocolares;
Que, en igual situación se encuentran los integrantes de la guardia policial cuando deben trasladarse para custodiar al señor Vice-Gobernador;
Que, en consecuencia, corresponde dictar la norma pertinende para contemplar las situaciones expuestas en los considerandos precedentes;
POR ELLO:
EL PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
RESUELVE:
Artículo 1º.- Establécese que, cuando el destino final de las comisiones de servicios sean las localidades de La Humada u Agua de Torres y/o parajes aledaños, el valor de los viáticos será equivalente a un (1) día completo para viajes dentro de la Provincia.
Artículo 2º.-Incopórase a los integrantes de la custodia policial, en iguales condiciones, dentro de la franquicia establecida en el artículo 1º de la Resolución Nº116/11-PCD.
Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario Administrativo de esta Cámara de Diputados.
Artículo 4º.- Regístrese y Comuníquese. Pase a las Secretarías Administrativas y Legislativa y Prosecretaria. Tomen conocimiento Dirección General de Administración, Dirección General de Recursos Humanos, Intendencia de Cámara y Departamento Contable Financiero. Cumplido, archívese.